Calculadora de Aguinaldo México 2026
Calcula tu aguinaldo completo o proporcional en segundos, con la exención de ISR y la fecha límite de pago que marca la ley.
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
La fórmula del Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo es simple: salario diario × días de aguinaldo (mínimo 15). Si no trabajaste el año completo, se aplica la proporción de días laborados:
Salario diario = sueldo mensual ÷ 30
Aguinaldo proporcional = salario diario × 15 × (días trabajados ÷ 365)
Ejemplo: sueldo de $12,000 y entraste el 1 de julio: salario diario $400 × 15 × (184 ÷ 365) = $3,024 de aguinaldo proporcional.
Reglas que conviene saber
- Fecha límite: 20 de diciembre. Pagarlo después (o en abonos sin tu acuerdo) es una violación sancionable.
- Incapacidades por riesgo de trabajo y maternidad cuentan como días trabajados para el aguinaldo; las de enfermedad general no.
- Trabajadores por comisión: se usa el promedio diario de ingresos del año.
- Si te fuiste de la empresa durante el año, tu proporcional debió incluirse en el finiquito — verifícalo con la calculadora de finiquito.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo deben pagarme el aguinaldo?
A más tardar el 20 de diciembre de cada año (Art. 87 LFT). Si no te lo pagan, puedes reclamarlo ante PROFEDET hasta un año después.
¿Cuántos días de aguinaldo me corresponden?
El mínimo legal es 15 días de salario por año completo trabajado. Si trabajaste solo parte del año, te toca la parte proporcional, sin importar si sigues o no en la empresa.
¿El aguinaldo paga impuestos?
Está exento de ISR hasta 30 días de UMA ($3,519.30 en 2026). Solo el excedente se grava según tu tarifa de ISR.
¿Si renuncié en el año me toca aguinaldo?
Sí. El aguinaldo proporcional por los días trabajados forma parte de tu finiquito, renuncies o te despidan.
Herramienta informativa conforme a la LFT y la LISR vigentes. Para casos específicos consulta a un contador o abogado laboralista.